con una Venezuela En Directo
Resolución por la que se traslada a la situación de retiro (período de servicio cumplido) a dicho personal militar, entre ellos un miembro de la promoción indicada.
por Venezuela En Directo
Resolución N° C51494
Por orden del Presidente Civil de la República Bolivariana de Venezuela y del Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la pública administrativa de fecha 17 de noviembre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 Numeral 19 del Decreto N° 1.424, incluyendo el rango, valor y fuerza de Ley Orgánica del Decreto N° 1.424, De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, 150 numeral 1 y 152 de la Ley Constitucional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, publicado en el Diario Oficial de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana República de Venezuela, No. 658. 30 de enero de 2020,
resuelve
Unidades: A partir de la fecha de promulgación de la presente Ley Administrativa, el personal militar del Ejército Bolivariano y de la Guardia Nacional Bolivariana pasarán a la condición de Reserva Activa (tiempo completo de servicio) según se indica a continuación:
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