El gobernador Nicolás Maduro expidió la ley orgánica para la defensa del Esequibo este 3 de abril. El anuncio de la entrada a la norma se produjo un día después de que la Asamblea Nacional (AN) de 2020 la aprobara en segunda discusión y cuatro días después de realizarse el referéndum en Esequibo.
Desde el Salón Oval del Palacio Federal Legislativo, explicó que la norma establece que “quienes directa o indirectamente favorezcan la expulsión de Guyana de Venezuela” no serán elegibles para cargos públicos. Esta recurrencia se produce en un momento de tensión política por la incapacidad de la Plataforma Unitaria de nominar a Corina Ioris como candidata presidencial en reemplazo de María Corina Machado.
“En el artículo 25, de manera amplia y específica, se faculta expresamente la prohibición de que señores abogados, señores jueces, concursen a cargos de elección popular o accedan a cargos públicos, a las personas que directa o indirectamente se hayan complacido o se hayan complacido en tales actos de favor. Co “La República operativa de Guyana, su gobierno y corporaciones internacionales como ExxonMobil apoyan la posición de Occupy. Un elemento necesario”, explicó.
Maduro recordó que antes de la celebración del referéndum hubo dirigentes que pidieron el no, pero “luego se tomó una decisión”.
“Nadie en este mundo respeta a los cobardes, a los jaboneros, a los cobardes. Hasta los perros huelen la adrenalina de los cobardes y creo que este capítulo protege los intereses de Venezuela”, afirmó.
Dijo que ExxonMobil, el Comando Sur de Estados Unidos (EE.UU.) y Guyana “se equivocan respecto a Venezuela en su posición beligerante y amenazante”. Según el presidente, la región del Esequibo cuenta con bases militares estadounidenses destinadas a alimentar la violencia en el sur y este de Venezuela.
Celebró que los artículos le dan la facultad de cancelar contratos con personas jurídicas que operen en zonas que por ley pertenecen a Venezuela.
“Creo que este artículo protege muy audazmente los intereses de Venezuela cuando se le otorga al Presidente de la República la facultad de prohibir la celebración de acuerdos o tratados con personas jurídicas que estén realizando o cooperando con operaciones en el territorio de Guayana Esquiba. Pendiente de delimitación de las aguas, así como de los territorios terrestres y Reciprocidad sobre las aguas. Artículo 27. El que entiende, entiende. Legalmente, todo, con razón, todo. Conversación, todo. Por las malas, nada. Por las leyes imperiales y coloniales, nada. Razones ilegales, confíen en nosotros. No. Y el que se meta con Venezuela pagará”.
“La ley prohíbe la circulación de mapas de Venezuela sin incluir Guana Esquiba”, anotó.
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