Este jueves, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos autorizó a la aerolínea estatal venezolana Conviasa a operar vuelos de repatriación de migrantes venezolanos desde cualquier país del hemisferio occidental.
Todas las demás sanciones impuestas por Estados Unidos a Venezuela seguirán vigentes, según el comunicado de la OFAC.
La licencia específica permite a Conviasa y cualquiera de sus subsidiarias en las que la Compañía posee una participación del 50% o más realizar operaciones de transporte sin restricciones exclusivamente con fines de repatriación a Estados Unidos y otros destinos.
Además, la licencia incluía el mantenimiento general o la reparación de aeronaves bloqueadas en una lista emitida por el Departamento de Estado.
“Se autorizaron todas las transacciones que normalmente ocurren y son necesarias para la repatriación de nacionales venezolanos a Venezuela desde jurisdicciones no estadounidenses en el Hemisferio Occidental, y que son exclusivamente para los fines de dicha repatriación, involucrando al Consorcio Venezolano de Industrias Aeronáuticas y Servicios Aéreos”, . .
Además “todas las transacciones ocurren normalmente y son requeridas para vuelos no comerciales entre países fuera de Estados Unidos, el Hemisferio Occidental y las jurisdicciones venezolanas de aeronaves bloqueadas”.
En el caso de PDVSA, la Licencia 8M permite a la petrolera estatal realizar “mantenimiento limitado de operaciones esenciales”. Este permiso involucra a las empresas de servicios Halliburton, Schlumberger, Baker Hughes y Weatherford.
Según documentos de la OFAC, se permiten “transacciones y actividades necesarias para la seguridad o preservación de activos en Venezuela”, así como las relacionadas con la participación en reuniones de accionistas y directorio; Pagar facturas de terceros por transacciones y actividades autorizadas.
“Los procesos que estuvieron vigentes antes del 26 de julio de 2019, hasta las 12:01 p.m. del 16 de mayo de 2024, están permitidos para las entidades cubiertas”, agregó.
Por otra parte, no se permite la perforación, extracción, procesamiento, compra o venta, transporte o envío de ningún petróleo o productos derivados de origen venezolano; Compra o provisión de cualquier bien o servicio excepto cuando sea necesario para el diseño, construcción, instalación, reparación o mejora de cualquier pozo u otra instalación o infraestructura en Venezuela o por razones de seguridad.
A PDVSA se le permitirá realizar transacciones y actividades necesarias para la seguridad o preservación de activos pendientes en Venezuela antes del 21 de abril de 2020, siempre que dicha actividad estuviera autorizada en el momento en que ocurrió; pagar impuestos locales y adquirir servicios públicos en Venezuela; y el pago de empleados y contratistas en Venezuela.