Con la promulgación de la Ley Orgánica para la Defensa de Guyana Esquiba, el 3 de abril, Venezuela santificó legalmente sus derechos históricos sobre ese territorio, consolidó su defensa de la integridad territorial y ratificó los Convenios de Ginebra de 1966, como único ordenamiento jurídico válido. Por una solución práctica y mutuamente aceptable a la disputa sobre Guayana Esequiba.
Este nuevo instrumento jurídico, que consta de 39 artículos, 6 capítulos, 5 disposiciones transitorias y 2 finales, tiene como objeto básico “el establecimiento de medios y procedimientos para la defensa del territorio hoy ocupado por la República Cooperativa de Guayana Esquiba”. a consecuencia del inválido Laudo Arbitral de 1899 de Guyana.
Esta ley ha tenido un gran impacto tanto a nivel nacional como internacional. Al respecto, el diputado José Gregorio Vilma Mora, miembro de la Comisión Especial para la Defensa de la Región Guyana Esquiba y miembro de la Asamblea Nacional por la Soberanía Territorial, anunció en el aviso de ultimátum que esta ley es muy importante, porque por primera vez En la historia Venezuela tiene un acto jurídico relacionado con aspectos económicos, de seguridad y políticos en el territorio de Guyana Esquiba. Establece normas.
Asimismo, indicó que la política del Estado a favor de recuperar dicho territorio “despertó a Venezuela de su desidia hacia la soberanía y también le recordó la verdadera extensión de Guana Esquiba, ya que hubo un error. Muchos textos, y ahora sabemos que la superficie de ese territorio es exactamente de 159.542 kilómetros cuadrados, que además tiene frente atlántico y crea una mayor conciencia de nuestro patrimonio histórico y regional”, afirmó.
Cabe señalar que el artículo 10 de esta Ley define claramente los límites de esta zona. “El actual territorio del Estado de Guana Esquiba estará integrado por Guana Esquiba, delimitado dentro de los siguientes límites: Norte: Océano Atlántico; Sur: República Federativa del Brasil; Este: República Cooperativa de Guyana; y Oeste: Delta Amacuro y el Estado de Bolívar.”
en asuntos económicos
Respecto al impacto económico que se podría generar a través de estrategias relacionadas con el desarrollo de Guana Esquiba, Vielma Mora asegura que ha estudiado a profundidad este aspecto, resaltando que “no es sólo un problema de plataforma continental, de mar territorial, de gas. Está ahí, del petróleo; es agua. Hay muchos temas que hemos analizado, incluido el tema del precio de la energía, los bosques y la madera, los créditos de carbono, que representan la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en la atmósfera. Es un método de compensación de emisiones que permite a las empresas invertir en proyectos de mitigación para reducir su huella de carbono.
El legislador enfatizó que Guyana actualmente administra los recursos de la región, sin embargo, “esto no nos da ningún derecho a la soberanía territorial, ya que hay un uso inadecuado de un territorio en términos de lo establecido en la Convención de Ginebra”. , 1966, una diferencia práctica entre los dos estados. Las partes deben acordar amistosamente dar tratamiento, sin embargo, ellos – Guyana – están utilizando un territorio que no les pertenece”, concluyó.
Esquiba Estado de Guyana
Otro aspecto a destacar de la Ley Orgánica para la Defensa de Guana Esquiba es que en su capítulo segundo, artículo 9, establece la creación del nuevo Estado de Venezuela: “Se crea el Estado de Guana Esquiba dentro de la organización política territorial del República Bolivariana de Venezuela. El Estado de Guana Esquiba es una entidad políticamente autónoma, con personalidad jurídica plena y recursos propios e independientes.”
En relación con ese artículo, Roy Daza, diputado de la AN y miembro de la Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración, declaró a ÓN que “la creación del Estado de Guyana es un reclamo plenamente establecido. El Estado de Venezuela, producto de un mandato popular en el referéndum de diciembre de 2023 -Donde más de 10 millones de venezolanos dijeron sí a las cinco preguntas allí establecidas- y Venezuela tiene derechos sobre Guana Esquiba.”
plan especial
Otro aspecto a destacar de esta ley es que establece la obligación de diseñar un plan especial para la protección y desarrollo de la población presente y futura de la región de Guana Esquiba. Asimismo, constituye la Alta Comisión del Estado de Guana Esquiba cuya misión es asesorar y recomendar políticas y medidas públicas para la recuperación, defensa y desarrollo del Esequibo.
Guyana pierde el tiempo
Respecto a la postura de Guyana de buscar resolver la disputa a través de la Corte Internacional de Justicia, Daza aseguró que “lamentablemente Guyana está perdiendo el tiempo recurriendo a tácticas judiciales. Todo culminará en una negociación bilateral, donde las partes, Guyana y Venezuela, acordarán las disputas territoriales existentes con base en los Convenios de Ginebra. lugar “Esto se decidirá históricamente”, afirmó.
Respecto a los beneficios que traerá la ley al país, dijo que en primer lugar los beneficios serán regionales, además de históricos, porque este reclamo es un derecho de todos los venezolanos, pero también resuelve un problema, la Convención de Ginebra.
“Hay que poner fin al conflicto que ya tiene poco más de 100 años resolviéndolo por medios diplomáticos y pacíficos. Es decir, podemos darle tanto a Guyana como a Venezuela una demostración al mundo de que es posible resolver los problemas mediante el entendimiento, el diálogo y los acuerdos diplomáticos”, afirmó.
Finalmente, cabe resaltar que un acuerdo entre ambos países beneficiaría no solo a Venezuela, sino también a Guyana, contribuyendo a consolidar los intercambios comerciales y la paz en la región.
información sobre la ley
- El Capítulo I de esta Ley dedica su objeto a “preservación de la libertad, la independencia, la soberanía y la integridad territorial”.
- Su segundo capítulo trata de la creación del Reino de Guyana Esquiba como una entidad políticamente autónoma con personalidad jurídica plena y recursos propios e independientes.
- El Capítulo III de la Ley está dedicado a la creación y funciones de la Alta Comisión para la Defensa de Guyana Esquiba.
- El capítulo IV se refiere a la protección de dicha zona.
- Los capítulos V y VI analizan el acceso a la información de Guyana Esquiba y las sanciones para quienes incumplan la ley.